Los padres ya podrán decidir cuál será el orden de los apellidos de sus hijos en el acta de nacimiento.

Como lo dice el título de este artículo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), expuso que se hace notar la desigualdad de género, el forzar que se registren a los niños en el acta de nacimiento primero con el apellido del padre y como segundo con el apellido de la madre, así que marcó como inconstitucional el articulo del Código Civil, que dice a continuación:

Art 58:

“El acta de nacimiento contendrá el día, la hora y el lugar del nacimiento, el sexo del presentado, el nombre o nombres propios y los apellidos paterno y materno que le correspondan.
…”

El ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar de Larrea comentó en un video en sus redes:

“¿Qué acaso los padres son superiores que las madres?
¿Acaso el hombre es superior a la mujer?
[…] son iguales ante la ley, es igual con sus hijos, merecen la misma dignidad”

Se aseguró que éstos puntos de vista son de tiempos antiguos, donde se pensaba que el hombre era superior a las mujeres por ser el que mantenía y daba el dinero para mantener a su familia y la casa.

Por ello, ahora los padres deberán de organizarse cuál será el orden de los apellidos de los hijos.